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NYC • SERVICIOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

La audiencia imparcial

Una madre se sienta junto a su hija mientras la niña lee y trabaja en un cuaderno de ejercicios.
Foto ilustrativa. Las personas no son clientes de IEP Hours.
En esta página

Si el caso no se resuelve mediante un acuerdo, un funcionario de audiencias imparciales lo escucha y toma una decisión.

Una audiencia puede dar miedo. En la práctica, es una reunión estructurada en la que cada parte explica su caso y presenta pruebas. Esta página explica quién participa, qué tipos de pruebas se usan, cómo se decide y qué pasa después. No sustituye el consejo de un defensor o abogado sobre su propio caso.

Quién participa

El funcionario de audiencias, el padre o la madre (con su defensor o abogado, si tiene uno) y un representante del DOE. También pueden declarar testigos. Muchas audiencias ahora se realizan por videollamada.

La página del DOE de NYC sobre audiencias imparciales dice que los funcionarios son abogados con licencia del Estado de Nueva York. No trabajan para la escuela de su hijo. Su tarea es escuchar a ambas partes y decidir si a su hijo se le negó una educación pública gratuita y apropiada y, de ser así, qué reparación corresponde.

Antes del día de la audiencia

Una audiencia suele abarcar más de una sesión. Puede haber una reunión previa para fijar fechas, acordar qué está en disputa y organizar las pruebas documentales. Algunos casos tienen varias fechas de audiencia a lo largo de semanas. La programación varía según el caso.

Los servicios mientras el caso sigue abierto

Puede escuchar la palabra "pendency". Se refiere a los servicios que el niño sigue recibiendo mientras el caso está en curso, a menudo según el último programa acordado. El funcionario de audiencias puede emitir una orden de pendencia. Pregunte a su defensor o abogado si corresponde a su caso y cómo.

Las pruebas

Ambas partes presentan documentos, por lo general IEP, expedientes y registros de servicios. Aquí importa su cronología.

Las normas federales generalmente exigen que cada parte comparta sus pruebas con la otra antes de la audiencia, para evitar sorpresas. Si no se comparten a tiempo, el funcionario puede excluirlas. Pregunte cuál es el plazo exacto en su caso. Las pruebas útiles pueden incluir:

El testimonio

Puede que le hagan preguntas sobre lo sucedido. Responda con honestidad y con sus propias palabras. Está bien decir "No lo recuerdo" o "No lo sé". El DOE puede llamar al personal escolar como testigos y su parte también puede llamar a otras personas. Por lo general, ambas partes pueden hacer preguntas a los testigos de la otra.

La decisión

El funcionario emite una decisión por escrito, llamada determinaciones de hecho y decisión. Si se otorgan servicios compensatorios, lea la orden para conocer el tipo de servicio, las horas y cualquier plazo para usarlas. Cualquiera de las partes podría apelar ante un funcionario de revisión estatal.

El funcionario puede otorgar una cantidad distinta de la que pidió, o no otorgar nada. Ningún resultado es seguro. Nuestra página sobre posibles resultados describe las posibilidades en términos generales.

Las apelaciones

Una apelación ante el funcionario de revisión estatal tiene plazos estrictos y pasos específicos. Si piensa apelar, o si el DOE apela, hable de inmediato con un defensor o abogado.

Consejos para el día de la audiencia

  1. Si la audiencia es a distancia, pruebe el enlace y la cámara el día anterior.
  2. Busque un lugar tranquilo donde su hijo no pueda escuchar.
  3. Tenga los documentos ordenados y, si tienen números de prueba, identificados con esos números.
  4. Tome notas o pida a su representante que lo haga.
  5. Pida al funcionario que repita lo que no haya entendido.

Si necesita un intérprete, pídalo antes de la fecha de la audiencia para que puedan organizarlo.

Después de que se emite la orden

La página del DOE sobre implementación de órdenes de audiencia imparcial dice que las órdenes las emiten funcionarios de la Oficina de Juicios y Audiencias Administrativas de la ciudad (OATH) y funcionarios del Estado de Nueva York contratados por día. Indica que la Unidad de Implementación del DOE suele recibir la orden en un día hábil y después trabaja con las oficinas de programas y de pagos para cumplirla.

El DOE también señala que la política de la ciudad exige un número de Seguro Social o de identificación personal del contribuyente para procesar pagos y ofrece un teléfono para padres que no tienen ninguno. Dice que no registra la situación migratoria. Consulte la página del DOE para obtener los detalles actuales.

Lea su orden con atención. Nuestras guías para leer su orden y saber qué hacer si ya le otorgaron horas pueden ayudarle a convertir la decisión en servicios reales.

¿No sabe en qué etapa está el caso de su hijo? Pida una llamada gratis.

Fuente oficial: NYCPS: información oficial (en inglés).

Próximo paso: Cómo leer su orden o acuerdo or pida una llamada gratuita.

Última revisión: octubre de 2026

Preguntas frecuentes

¿Quién es el funcionario de audiencias?

Según el DOE de NYC, los funcionarios de audiencias son abogados con licencia del Estado de Nueva York. Deciden el caso según las pruebas que presentan ambas partes.

¿Tendré que hablar en la audiencia?

Puede que le pidan declarar sobre lo sucedido. Puede responder con sus propias palabras y tener a un defensor o abogado a su lado.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la decisión?

Puede ser posible apelar ante un funcionario de revisión estatal, pero hay plazos estrictos. Hable pronto con un defensor o abogado.

¿Cuánto tardan en empezar los servicios otorgados?

Depende. El DOE dice que su Unidad de Implementación suele recibir la orden en un día hábil, pero organizar los servicios o pagos puede tomar más tiempo.

Una adulta se sostiene la cabeza frente a unos documentos mientras otra persona habla por teléfono a su lado.
Foto ilustrativa. Las personas no son clientes de IEP Hours.

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