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Un caso puede terminar con un acuerdo antes de una audiencia.
Después de presentar una queja de debido proceso, suele haber una oportunidad de hablar antes de comparecer ante un oficial de audiencia. Esta página explica las dos vías principales, la reunión de resolución y la mediación, además de las ofertas de acuerdo. Describe las opciones en general. Para recibir orientación sobre su caso, hable con un defensor o abogado.
La reunión de resolución
Según la ley federal, el distrito generalmente celebra una reunión con los padres poco después de presentarse una queja para intentar resolverla. Los padres y el distrito pueden acordar por escrito no celebrarla o recurrir a la mediación.
Las reglas federales generalmente fijan esta reunión dentro de los 15 días posteriores a la recepción de la queja por el distrito. También suelen establecer un período de resolución de 30 días. Si la queja no se resuelve en ese plazo, puede comenzar el plazo de la audiencia. Estos plazos pueden cambiar, por ejemplo, si ambas partes acuerdan por escrito omitir la reunión.
Quién participa
Según la página de audiencias imparciales del DOE de NYC, participan usted y un representante de las escuelas públicas de la ciudad, como un administrador de educación especial o un miembro de su Comité de Educación Especial. El DOE la describe como una oportunidad de hablar abiertamente y sin confrontación sobre los asuntos de su queja.
Cómo prepararse
- Lleve una copia de su queja y del IEP.
- Lleve su lista de sesiones no recibidas y sus fechas.
- Tenga claro qué solicita y qué aceptaría.
- Anote las preguntas antes de ir. Es fácil olvidarlas con el estrés.
Puede llevar un defensor o abogado. Si necesita un intérprete, pídalo con anticipación.
Mediación
La mediación es voluntaria. Un mediador neutral ayuda a ambas partes a llegar a un acuerdo. El acuerdo se pone por escrito y se firma.
El mediador no decide quién tiene razón. Su función es ayudar a que las partes se escuchen y encuentren condiciones que puedan aceptar. La página del DOE indica que una familia puede solicitar mediación en lugar de una reunión de resolución. Las reglas federales dicen que la mediación no puede retrasar su derecho a una audiencia y que lo dicho en ella generalmente es confidencial y no puede usarse después como prueba. Un acuerdo de mediación firmado generalmente es vinculante y puede hacerse cumplir.
¿Reunión de resolución o mediación?
No hay una sola respuesta correcta. Algunas familias prefieren la mediación porque una persona neutral dirige la conversación. Otras prefieren la reunión de resolución porque participan personas que conocen la escuela. Si tiene dudas, pregunte a un defensor qué opción se ajusta a su situación.
Ofertas de acuerdo
La página del DOE indica que la Unidad de Educación Especial de su Oficina de Asesoría Jurídica puede contactarlo para intentar resolver la queja. Un acuerdo termina el caso, o parte de él, sin una decisión de un oficial de audiencia.
Acuerdos
Un acuerdo puede otorgar horas de tutoría, fijar una tarifa y una fecha límite, e indicar cómo se paga al proveedor. Lea todas las condiciones antes de firmar. Cómo leer las condiciones.
Preguntas antes de firmar
- ¿Cuántas horas y de qué servicio? Tutoría, terapia del habla, consejería u otro servicio.
- ¿Hasta cuándo? ¿Hay una fecha después de la cual se pierden las horas sin usar?
- ¿A qué tarifa? ¿Puede encontrar un proveedor que acepte esa tarifa?
- ¿Quién paga y cómo? ¿El proveedor factura al DOE o usted paga y recibe un reembolso?
- ¿A qué renuncia? Algunos acuerdos terminan otras reclamaciones. Asegúrese de entender cuáles.
Si algo no está claro, no firme todavía. Pida tiempo para que alguien lo revise. Una vez que firme, puede ser difícil cambiar las condiciones.
Preocupaciones frecuentes
"¿Esto hará que la escuela trate mal a mi hijo?"
Puede ejercer sus derechos legales. Si nota un problema en la escuela después de presentar la queja, anótelo con la fecha e informe a su defensor o abogado.
"No hablo bien inglés".
Puede pedir un intérprete para las reuniones. Pídalo pronto y solicite que le expliquen los documentos importantes en su idioma antes de firmarlos.
"¿Y si ofrecen servicios en la escuela de mi hijo?"
Eso puede formar parte de un acuerdo. Piense si esta vez se prestarían realmente, dado que antes faltaron servicios. Puede pedir condiciones claras, como fechas de inicio y quién prestará el servicio.
Si no se llega a un acuerdo
La página del DOE indica que, si no se llega a un acuerdo mediante resolución, mediación o negociación, se celebrará una audiencia. Nuestra página sobre la audiencia imparcial explica qué esperar. Nunca se promete un acuerdo ni un resultado concreto. Una vez que tenga horas, la guía para usar sus horas explica el siguiente paso.
¿No sabe en qué punto está el caso de su hijo? Solicite una llamada gratuita.
Fuente oficial: NYCPS: información oficial (en inglés).
Última revisión: octubre de 2026

