Una queja de debido proceso (due process complaint) es la solicitud formal que inicia un caso de audiencia imparcial (impartial hearing).
Si su hijo tiene un Programa de Educación Individualizado (IEP) y la escuela no le dio todos los servicios que aparecen en él, una queja de debido proceso es una forma de pedir que se repongan esos servicios. A los servicios para reponer lo perdido muchas veces se les llama servicios compensatorios. Esta página explica qué es la queja, qué poner en ella, adónde se envía en la Ciudad de Nueva York y qué suele pasar después. Es información general, no asesoría legal.
Qué dice
Describe al niño, la escuela, el problema (por ejemplo, servicios del IEP que no se dieron) y lo que usted pide, como horas de tutoría compensatoria.
La página de audiencias imparciales del DOE de NYC indica los datos que debe incluir una solicitud por escrito:
- El nombre completo de su hijo y la dirección donde vive
- El número de identificación de estudiante (student ID) de su hijo (aparece en la libreta de calificaciones)
- La fecha de nacimiento de su hijo
- El nombre de la escuela a la que va su hijo
- Su nombre y sus datos de contacto, incluido su correo electrónico
- Una descripción del problema, con todos los hechos que sepa
- La solución que quiere que dé el DOE
Cómo describir el problema
Sea concreto. "Mi hijo no recibió sus servicios" es difícil de atender. Es más claro escribir qué servicio faltó, por cuánto tiempo y cómo lo sabe. Por ejemplo: "El IEP incluye terapia del habla dos veces por semana. De septiembre a enero no se asignó ningún terapeuta del habla". Las fechas, los nombres y las copias de correos electrónicos hacen más fuerte lo que usted cuenta. Nuestra guía para documentar los servicios perdidos muestra una forma sencilla de hacer esa lista.
Cómo describir lo que quiere
Diga qué arreglaría el problema. Una familia puede pedir un número de horas de tutoría o de terapia para reponer lo perdido, que el DOE le pague a un proveedor independiente, o que el servicio que falta empiece ya. Si no está seguro de cuántas horas pedir, un defensor o un abogado le puede ayudar a pensarlo. Más adelante, un funcionario de audiencias puede decidir una cantidad distinta a la que usted pidió.
Adónde se envía
En la Ciudad de Nueva York se presenta ante la Oficina de Audiencias Imparciales (Impartial Hearing Office) del DOE. Revise las instrucciones actuales del DOE para saber cómo presentarla.
Cuando se escribió esta página, la página del DOE decía que la solicitud se puede enviar por correo electrónico a la Oficina de Audiencias Imparciales, con copia al Departamento de Educación del Estado de Nueva York (New York State Education Department). También da una dirección postal y un número de fax. El DOE ofrece un formulario de solicitud opcional en varios idiomas, entre ellos español, árabe, bangla, chino, francés, criollo haitiano, coreano, ruso y urdu. No tiene que usar el formulario. Las direcciones pueden cambiar, así que cópielas de la propia página del DOE el día que presente la queja.
- Un niño por solicitud. El DOE pide una solicitud aparte y un hilo de correo nuevo para cada estudiante, aunque sean hermanos.
- Guarde una copia. Guarde la queja, los documentos adjuntos y la prueba de cuándo la envió.
Plazos
La ley federal por lo general da dos años desde que el padre supo, o debió haber sabido, del problema, con pocas excepciones. No espere. Hable de sus fechas con un defensor o un abogado.
Saber "cuándo lo supo" no siempre es sencillo, y puede depender de los hechos de su caso. Esa es una razón más para pedir consejo temprano y no tarde.
Errores comunes que debe evitar
- No decir qué solución quiere. Si no dice lo que quiere, es más difícil que alguien acepte dárselo.
- Confundir las fechas. Compare cada fecha con sus correos electrónicos y con el IEP.
- Hacerlo solo por teléfono. Una llamada no es una queja. La solicitud tiene que ser por escrito.
- Esperar a que la escuela lo arregle. Hablar con la escuela está bien, pero eso no detiene el plazo.
Si su hijo también recibe servicios con un vale como una RSA (Autorización de Servicios Relacionados), menciónelo en la queja, con fechas.
Presentarla solo o con ayuda
Un padre puede presentar la queja sin abogado. La página del DOE también dice que los padres tienen derecho a un abogado o a un defensor que la presente y les represente. Además indica que el DOE no le dará información sobre el caso de un niño a un defensor que no sea abogado hasta que reciba un formulario de autorización del defensor notariado, que está en esa página. Si trabaja con un defensor, pregúntele qué formulario necesita que usted firme. Nuestra página sobre cómo escoger un defensor o abogado explica las diferencias.
Una queja de debido proceso no es la única opción. Una queja ante el estado es un proceso distinto con reglas distintas. Vea queja ante el estado y debido proceso antes de decidir.
Antes de enviarla: una lista corta
- Busque el IEP que estaba vigente cuando se perdieron los servicios.
- Reúna pruebas: correos electrónicos, cartas y cualquier nota de la escuela. También puede pedir los expedientes escolares.
- Escriba las fechas en que los servicios se suspendieron o nunca empezaron.
- Decida qué solución va a pedir.
- Léala otra vez. Asegúrese de que el nombre, el número de identificación y la fecha de nacimiento del niño estén correctos.
Qué pasa después
Por lo general se espera que el distrito tenga una reunión de resolución antes de que siga adelante una audiencia. Lea sobre ese paso.
La página del DOE también dice que su Oficina del Asesor Jurídico General (Office of General Counsel) puede comunicarse con usted para intentar llegar a un acuerdo. Si no se llega a un acuerdo, el caso pasa a una audiencia imparcial. Cada caso es distinto, y presentar la queja no promete ningún resultado.
¿No está seguro de cómo va el caso de su hijo? Pida que le llamemos gratis.

